martes, 19 de marzo de 2024

En el contexto laboral



 Responsabilidad solidaria 

Aplicación de la responsabilidad solidaria en el contexto de las relaciones laborales: 

Fuente: 

Casación Laboral 15674-2019, Callao de 5-8-22(Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)


Antecedente:  De acuerdo con el art. 1183 del  Código Civil “La solidaridad no se presume. Sólo la  ley o el título de la obligación la establecen en forma expresa”.

La duda : ¿Qué aspectos deben  tenerse en cuenta al aplicar la responsabilidad solidaria en el contexto de las relaciones laborales?

Fallo: En el contexto de las relaciones laborales la regla contenida en el artículo 1183 del Código Civil no opera de la misma manera, pues existen circunstancias que deben ser tomados en cuenta, como por ejemplo:

- El hecho de que las condiciones de asimetría en la relación laboral obligan a adoptar un criterio tuitivo a favor del trabajador, pues el empleador por lo general se encuentra en mejores condiciones que el trabajador y 

- Aplicar el denominado principio de primacía de la realidad, que significa que ante la existencia de alguna discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y  acuerdos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los  hechos. 

En ese sentido, si en los hechos se verifica la existencia de solidaridad entre las  empresas demandadas, deberá otorgarse preferencia a tales hechos y concluirse que  existe un vínculo económico o empresarial entre  las demandadas.


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