Discriminación remunerativa
Antigüedad
Si 02 trabajadores laboraron por más de 30 años en una empresa, un solo año de diferencia ¿ Puede justificar una diferenciación remunerativa válida.?
Fuente : Casación Laboral 2316-2021-Lima,
Del caso : Un Sindicato (mediante comparecencia especial) interpuso una demanda de homologación de remuneración por discriminación, en favor de un afiliado.
Para el Sindicato, su afiliado había sido víctima de discriminación.
Esto al percibir una remuneración inferior en comparación a otro trabajador.
Cabe mencionar que: i) el homólogo propuesto también era afiliado del sindicato; ii) el afiliado defendido desarrollaba sus actividades en Cusco, mientras que el homólogo propuesto en el Callao.
El Sindicato alegó la infracción normativa de normas nacionales e internacionales, específicamente, el Convenio 111 de la OIT. La Suprema resaltó que "corresponde igual remuneración por trabajo de igual valor".
Pero, ¿cómo determinarlo?
En Poder Judicial..
La Corte reafirmó el criterio de comparación planteado por la Casación Laboral 2008-2005 Pasco (precedente de observancia obligatoria), a fin de establecer si existe o no discriminación remunerativa:
a) procedencia del demandante y el homólogo propuesto
b) categoría o nivel ocupacional al que pertenecen
c) antigüedad laboral
d) labores realizadas entre ambos
e) diferenciación disgregada entre los conceptos remunerativos que se perciben
Resultados : Bajo estos parámetros, se declaró INFUNDADO el recurso de casación y se validó la diferenciación remunerativa.
Ello en razón de la procedencia.
Pues uno era de la planta del Callao y el otro de la de Cusco.
Ademas , fue determinante que se llevaran solo un (01) año de antiguedad, a pesar de que ambos sirvieron por más de 30 años.
Por último, también fueron relevantes los beneficios convencionales que tenían.
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