domingo, 23 de junio de 2024

Derechos colectivos en locación servicios desnaturalizado

 Locación  de servicios 
desnaturalización 


La relación laboral encubierta a través de un contrato de locación de servicios, genera derechos colectivos  no gozados.

CASACIÓN 5285-2021 LIMA

Del caso  :
Un trabajador solicita el pago de beneficios colectivos por el periodo
en que fue contratado como locador.

En un proceso anterior, el trabajador obtuvo un pronunciamiento con
calidad de cosa juzgada, en donde se reconoce que en realidad tuvo una
relación laboral encubierta a través de un
contrato de locación de servicios.

En Poder  Judicial 
Primera instancia  
Se declaró INFUNDADA la
demanda
¿ Por  qué? El demandante pretende acceder a los beneficios sociales de un convenio colectivo que el empleador suscribió con una organización sindical
minoritaria.

Asimismo, refiere que, ni siquiera en la actualidad el trabajador se encuentra
afiliado a la organización sindical cuyos beneficios solicita que le sean pagados

En  Corte  Suprema
Declara fundada la demanda
¿ Por qué?
La condición de minoritario del Sindicato celebrante de los beneficios pretendidos
es una cuestión irrelevante, pues el demandante fue trabajador precario por
haber sido contratado como locador de servicios y, por ello, estuvo imposibilitado
de afiliarse a una organización sindical de la demandada.

No es exigible la afiliación al Sindicato desde el inicio de su relación laboral, pues ello significaría convalidar la conducta fraudulenta del empleador.


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