Hostilidad
¿Cuándo se pueden modificar unilateralmente las condiciones laborales?
Estos cambios deben ser razonables, proporcionales y estar debidamente motivada en las necesidades de la empresa.
Fuente : Casación Laboral Nº 14958-2021
El ius variandi .. En la Casación Laboral Nº 14958-2021, la Corte Suprema abordó el uso del ius variandi por parte del empleador, analizando ¿Cuándo una modificación unilateral en las condiciones de trabajo resulta valida ?
Limitaciones al Poder dirección del empleador.. Se destacó que, aunque el empleador tiene la facultad de realizar ajustes en las tareas del trabajador para adaptarse a las necesidades del centro laboral, estos cambios deben ser razonables, proporcionales y estar debidamente motivada en las necesidades de la empresa.
Del caso : En este caso, la empresa modificó unilateralmente el cargo y la remuneración de una trabajadora, reduciendo su remuneración de S/ 1,475 a S/ 875, sin acuerdo previo y en aplicación de su ius variandi.
En Poder Judicial.. El Tribunal determinó que la variación no fue razonable ni proporcional Hostilidad..
Se configura un acto de hostilidad , que afectaba directamente los derechos del trabajador.
Plazo para presentar la demanda por hostilidad.. La sentencia tambien abordó el plazo de caducidad para presentar una demanda de hostilidad.
Hostilidad continúa.. En este caso, se sostuvo que la conducta hostil fue continua, permitiendo a la trabajadora presentar su demanda dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que cursó la carta imputando el último acto de hostilidad.
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