sábado, 14 de diciembre de 2024

Reposición trabajador Construcción Civil

 

¿Procede la reposición en el empleo de trabajadores sujetos al régimen laboral de construcción civil?

En atención a la especial naturaleza del régimen laboral de construcción civil ( eventualidad de los servicios), los trabajadores sujetos a este régimen no tienen derecho a ser repuestos ante un despido inconstitucional. ( arbitrario, fraudulento , nulo , incausado)

Fuente : Casación 47-2022-JUNIN, publicada el 10 de diciembre

Detalles :

La reposición.  En este sentido, la Sala indica que la pretensión de reposición formulada por el trabajador de construcción civil no resulta procedente.

¿ Por que? Toda vez que ampararla "(...) implicaría desnaturalizar este régimen.

Pues atendiendo a la duración del proceso judicial, el empleador tendría que reponer el trabajador en otra obra.

En donde las condiciones laborales ya no serán las mismas.

Generándose así una estabilidad en el acceso y en la salida del contrato de trabajo que estos trabajadores no tienen...

Lo eventual .. Se agrega  que "el carácter eventual del régimen y la contratación temporal del trabajador sujeto al mismo, hacen que sí exista incompatibilidad entre las normas del despido nulo y la naturaleza del régimen de construcción civil".

Se adjunta  texto 

 Casación 47-2022-JUNIN

Descargar aqui

https://drive.google.com/file/d/1ieN_KYcmO24iTr7ylHvhnhdJTCEz6xDX/view?usp=drivesdk



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