¿Licencia temporal remunerada ?..
Durante el verano, muchos empleadores permiten a sus trabajadores salir los viernes unas horas antes, sin afectar su remuneración.
Al finalizar la temporada, los trabajadores regresan a su horario habitual, ya que esta medida se considera una licencia temporal, no un cambio en la jornada laboral.
Poder Judicial
Sin embargo, la Casación Laboral N° 12935-2018-Lima determinó que las horas no trabajadas durante el horario de verano pueden considerarse una modificación de la jornada.
Por lo tanto, al regresar al horario regular, las horas trabajadas deberían ser remuneradas.
Recomendaciones ..
Los empleadores deben comunicar formalmente que el "horario de verano" es solo una " licencia temporal remunerada" para así evitar posibles conflictos laborales.
Fuente : CASACIÓN LABORAL Nº 12935-2018 LIMA
Descargar Casación aqui
https://drive.google.com/file/d/1InHMWAKe_DtP417QEyTUjNsAam5zjqZ_/view?usp=drivesdk

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