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Es nulo , la suscripción de convenio de mutuo disenso para concluir su relación laboral, realizado bajo la existencia de amenaza contra el trabajador.
Fuente : Casación Laboral N° 19047-2021 Lima emitida por su Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria.
Del Caso : Una trabajadora interpuso una demanda solicitando se declare la nulidad de un convenio de mutuo disenso por vicio de la voluntad; la reposición por despido fraudulento; e indemnización por daños y perjuicios.
En Poder Judicial : El juzgado de trabajo que conoció el caso declaró infundada la demanda.
En apelación la sala laboral competente la declaró fundada en parte.
Recurso Casación : La empresa demandada interpuso recurso de casación laboral alegando, entre otras razones, que la sala superior al emitir su fallo incurrió en infracción normativa de los artículos 215 y 217 del CC.
La Sala Suprema : Al conocer el caso en casación laboral, la sala suprema advierte que no se acreditó la existencia de una amenaza, de tal naturaleza que haya causado miedo o temor en la demandante , que le obligara a suscribir el convenio de mutuo disenso para concluir su relación laboral.
Tampoco constata que se haya lesionado el honor de la demandante y menos aún la situación económica.
Por todo lo expuesto, entre otras razones, la sala declara fundada la citada casación laboral.

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