Trabajador con jornada atípica tiene derecho al pago de horas extras
Fuente : Casación 4637-2014, La Libertad:
Del caso: La denuncia casatoria que antecede deviene en improcedente, pues este extremo de la apelación ha sido objeto de expreso pronunciamiento por parte de la Sala Superior, quien en la motivación expuesta en el décimo primer considerando, explica los motivos por los cuales se reconocen horas extras al actor.
Especificando la operación aritmética empleada que valida dicho razonamiento en una jornada atípica como la establecida por la recurrente.
Así como también valida el argumento expuesto por el A quo respecto de los feriados, motivación por remisión que no vulnera el deber de motivación exigido por nuestro ordenamiento constitucional.
https://drive.google.com/file/d/1wnHZCJp0hW70jh5xdZHrJYC1rJGO1laM/view?usp=drivesdk
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