miércoles, 2 de julio de 2025

Reubicación por enfermedad no atendida por empleador

 


Daños y perjuicios 

¿Puede ser demandado un empleador por daños y perjuicios si no atiende una solicitud de reubicación de puesto por enfermedad?

El caso: En junio de 2011, a un ayudante de mina se le diagnosticó una enfermedad no profesional que le impedía trabajar en alturas. Solicitó su reubicación o reincorporación a un puesto compatible con su salud, pero la empresa no lo atendió. En lugar de ello, entre junio de 2011 y marzo de 2017, le otorgó un subsidio por incapacidad hasta 2014 y luego suspendió el vínculo laboral ("suspensión perfecta"), aunque siguió pagándole remuneraciones esporádicamente. La Corte Suprema calificó estos hechos como una "situación irregular".

Entonces, ¿el empleador está obligado a indemnizar por la situación irregular? En una reciente Casación N° 23855-2022 Lima, la Corte Suprema señaló que Sí, por las siguientes razones:

1 El empleador incurrió en responsabilidad civil contractual: Mantener a un trabajador en una situación irregular desde 2011 al 2017 (antijuricidad), lesiona intereses jurídicamente protegidos (daño), al no atender el pedido de reubicación (relación de causalidad) y, en su lugar, dilatarlo (culpa inexcusable como factor de atribución).

2 No obstante, desestimó el lucro cesante, pues el trabajador al no reclamar oportunamente (lo hizo tres años después), demostró aquiescencia tácita y contribuyó a prolongar la situación irregular.

3 Finalmente, amparó el daño moral, ya que la situación irregular (2011-2017) generó sufrimiento y angustia, aun sin prueba psicológica.

Se comparte la casación.

Casación N° 23855-2022 Lima

https://drive.google.com/file/d/1jEcTRwidP8rPLTJ0uokmVGbUgQLUs_io/view?usp=drivesdk

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