Plazo de prescripción en casos de contratación informal. ( Locación de servicios).
El plazo de prescripción para reclamar el reconocimiento del vínculo laboral y el pago de beneficios sociales se computa desde el cese de la relación laboral, no desde el inicio de la prestación de servicios.
Fuente :Casación Laboral N. º 53208-2022-ICA
Cómputo del plazo de prescripción para reclamar el reconocimiento de vínculo laboral y beneficios sociales en casos de contratación informal.
Del caso: El ex trabajador interpuso una demanda laboral solicitando el reconocimiento de vínculo laboral con una entidad pública desde el año 2000 hasta el 2018.
Locación de servicios.. Durante ese tiempo, prestó servicios de manera continua bajo contratos de locación de servicios, pese a que las funciones que realizaba eran de naturaleza subordinada y permanente.
Defensa del empleador.. El empleador alegó que la acción estaba parcialmente prescrita, invocando el artículo 1993 del Código Civil, que establece un plazo de prescripción de 04 años para reclamar derechos derivados de relaciones laborales.
Según su interpretación, el trabajador solo podía reclamar por los últimos 04 años de servicios prestados.
En Poder Judicial.. La Corte Suprema analiza los siguientes puntos:
1.Naturaleza del vínculo laboral: Se reafirma el principio de primacía de la realidad, según el cual lo que determina la existencia de una relación laboral no es el tipo de contrato suscrito, sino las condiciones reales de prestación de servicios (subordinación, continuidad, pago de remuneración).
2.Inicio del cómputo del plazo de prescripción: El Tribunal establece que el plazo de 04 años para reclamar el reconocimiento del vínculo laboral y el pago de beneficios sociales debe computarse desde el momento en que cesa la prestación de servicios.
No desde el inicio de la relación ni desde cada contrato individual.
3. Se enfatiza que el reconocimiento del vínculo laboral tiene implicancias constitucionales, ya que afecta el acceso a derechos como la seguridad social, la estabilidad laboral y el pago de beneficios.
Decisión de la Corte Suprema: La Corte declara fundado el recurso de casación interpuesto por el trabajador, anulando la sentencia de vista que había declarado parcialmente fundada la excepción de prescripción.
En consecuencia, ordena que se emita una nueva sentencia considerando que el plazo de prescripción debe computarse desde el cese definitivo de la relación laboral (2018), y no desde los años anteriores.
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