El contrato por servicio
específico es válido si se
sustenta en un proyecto
temporal para un tercero
Fuente : Casación Laboral N.° 27932-2022 Lima
La Corte Suprema precisó que
la causa objetiva en un con-
trato por servicio específico es
válida cuando el empleador
demuestra la existencia de un
proyecto temporal, derivado
de una obligación contrac-
tual frente a un tercero, cuya
ejecución requiere incorporar
personal especializado por un
tiempo determinado
Del caso: Un trabajador demanda por despido arbitrario , al cesar en la fecha establecida en su contrato , bajo el argumento que era sus servicios eran permanentes y no temporales.
En Poder Judicial.. La empresa demostró (mediante contratos de servicios, órdenes de trabajo, adendas y planes de operación ) ,que fue contratada por una minera para ejecutar servicios de perforación temporal.
Detalles... Esta documentación demostró que el trabajador fue incorporado específicamente para atender ese proyecto.
Que tenía un plazo definido y requería personal técnico acorde a las exigencias del cliente.
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