lunes, 15 de diciembre de 2025

Despido fraudulento : Falta no prevista en normas internas de la empresa .

 


 ¿Puede sancionarse a un trabajador por una falta que no está prevista en el Reglamento Interno o en su contrato?

No se puede sancionar al trabajador por una conducta que no ha sido previamente definida como falta.

El caso Agresión  de clientes ..

Un agente de seguridad reaccionó de manera desmedida frente a agresiones físicas de varios pasajeros.

El empleador lo despidió alegando que incumplió su deber de brindar seguridad.

 Despido  fraudulento..

En Poder  Judicial  ...

Primera instancia: le dio la razón al trabajador.

Segunda instancia: confirmó la decisión.


Recurso casación  :  El empleador interpuso recurso de casación.

¿Qué dijo la Corte Suprema? La Corte Suprema confirmó que el despido fue fraudulento, al establecer que:

La conducta imputada era un "hecho atípico".

Es decir, no estaba prevista ni en: el Reglamento Interno de Trabajo  ni el contrato del trabajador, y tampoco existían protocolos o procedimientos que determinaran cómo debía actuar el personal de seguridad ante agresiones, alteraciones del orden o situaciones de riesgo.

Se configuró un despido fraudulento, proscrito por nuestro ordenamiento.


CASACIÓN LABORAL N.º 20658-2023 -CUSCO

https://drive.google.com/file/d/15KAE1kEjaAQbHC1-RICaAa5XACvWY0H7/view?usp=drivesdk


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