domingo, 22 de febrero de 2026

Debe demostrarse el daño moral..

 


¿Se debe acreditar el daño moral a consecuencia de un despido?

Fuente : Casación Laboral N° 30766-2023 Lima


La Corte Suprema determinó que no corresponde el otorgamiento de pago por daño moral al trabajador que no presentó prueba que acredite tal daño en el proceso judicial, así como no resulta suficiente, para que se produzca su otorgamiento, manifestar la existencia de un  menoscabo sentimental al haberse producido un despido en su contra.


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