domingo, 1 de febrero de 2026

Forma de pago indemnización por despido arbitrario

 


Si la indemnización por despido arbitrario (IDA) se deposita en la misma cuenta donde se abonan los beneficios sociales, el pago no es válido para impedir que el trabajador pida su reposición laboral. Fuente : CASACIÓN N.º 14873-2023 JUNÍN,

Del  caso : Una trabajadora fue despedida de forma arbitraria. La parte empleadora depositó tanto sus beneficios sociales como la IDA en la misma cuenta de ahorros que ella ya utilizaba. 

Debido a que la trabajadora no retiró ni dispuso del dinero de la indemnización, solicitó judicialmente que se le devuelva su puesto de trabajo.

En Poder Judicial.. En las etapas anteriores del juicio, se ordenó su reposición porque el depósito no cumplió con las reglas legales de separación de cuentas.

En Corte Suprema.. A través de la CASACIÓN N.º 14873-2023 JUNÍN, de fecha 17.09.2025, (pub. en la separata de El Peruano el 15.1.2026) la Corte declaró infundado el recurso de la parte empleadora por los motivos siguientes:

1.Cuentas separadas.. El empleador debe depositar la indemnización de forma independiente y diferenciada a los beneficios sociales, según lo exige el precedente vinculante del Tribunal Constitucional (STC 03052-2009-PA/TC).

2. Invalida  pago.. Realizar ambos pagos en una misma cuenta bancaria impide que el trabajador elija libremente entre cobrar la indemnización o recuperar su empleo, lo que invalida el procedimiento de pago.

3. Derecho a reposición.. Al quedar demostrado que la trabajadora no cobró ni usó el monto de la indemnización, su derecho a pedir la reposición se mantiene vigente.

4. Devolución del dinero  Para evitar que la trabajadora reciba un doble beneficio, la Corte dispuso que ella debe devolver el dinero de la indemnización antes de que se haga efectiva su reposición al puesto de trabajo.


Descargar CASACIÓN N.º 14873-2023 JUNÍN

https://drive.google.com/file/d/1xux3ruFetrbVGax9sARdwJIdkajyEa0b/view?usp=drivesdk


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