Trabajo en sobretiempo:
Caso en que el tiempo a disposición del empleador no era
considerado dentro de la jornada de trabajo.
Fuente :
Res. 149-2020-SUNAFIL/IRE-CAL de 28-12-20
El caso: El inspeccionado fue sancionado por no reconocer y pagar el trabajo en sobretiempo de sus trabajadores 1
Según la Sunafil, los trabajadores
realizaban trabajo en sobretiempo antes y después de la jornada de trabajo de acuerdo con lo consignado en el registro.
Agregó que, por orden de la empresa inspeccionada, debían registrarse luego de vestirse con el uniforme; asimismo, debían registrar su salida antes de cambiarse el uniforme y dejarlo en la lavandería. También se verificó que el inspeccionado no había registrado el periodo de espera de los trabajadores que se encontraban en situación de relevo.
En su defensa, el inspeccionado señaló que la autoridad inspectiva había cometido un error al considerar que toda permanencia de los trabajadores, más allá de su horario, correspondía a la realización de labores en sobretiempo. Precisó que la autoridad inspectiva no contaba con prueba alguna que sustentara su posición. Agregó que para la prestación de servicios en sobretiempo los trabajadores debían contar con su autorización previa y expresa.
Pregunta : Los periodos de cambio de uniforme y relevo ¿deben ser considerados en la jornada de trabajo?
Fallo: Sí. Se verificó que entre la hora real de ingreso y de salida, había un lapso de tiempo en el que los trabajadores afectados estaban a disposición del sujeto inspeccionado, tiempo que no fue contabilizado por éste dentro de la jornada de trabajo. De este modo, el tiempo que los trabajadores utilizaban para el cambio de uniforme, así como el periodo de espera por relevo debe ser incluido en la jornada.
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1.Infracción tipificada en el RLGIT, art. 25, num. 25.6).
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