lunes, 1 de febrero de 2021

Cese mutuo acuerdo e incentivo

 Mutuo disenso: 

Entrega de incentivos  económicos por la extinción del vínculo laboral 

Fuente : 

Informe 140-2018-MTPE/2/14.1 de 9-10-18


Pregunta : Con motivo de la extinción del vínculo laboral por mutuo disenso, ¿Es posible pactar con el trabajador el otorgamiento de incentivos económicos como contraprestación por su cese laboral?


Respuesta: El mutuo disenso como causal de extinción del vínculo laboral se caracteriza por ser voluntario, formal, incausado y gratuito. 


En la medida que es voluntario, no deben presentarse vicios en la manifestación de voluntad que afecten su validez, tales como el dolo o la intimidación. 


No existe disposición legal que prohíba otorgar al trabajador un monto económico por el mutuo 

disenso o que establezca una cuantía determinada. 


Dependiendo de la formalidad empleada, puede servir para compensar deudas laborales que se declaren judicialmente, conforme a lo establecido en el art. 57 del TUO de la LPCL. 


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