jueves, 25 de febrero de 2021

discriminatorio que el empleador otorgue bono alimentación solo a un grupo de trabajadores

 25/06/2021

Prestaciones Alimentarias 

Otorgamiento

¿ Es discriminatorio que el empleador otorgue bono alimentación  solo a un grupo de trabajadores? 


Fuente: Resolución 238-2021-Sunafil


Resolución 238-2021-Sunafil, la Intendencia aclaró que es un acto de discriminación otorgar un bono de alimentación a un grupo de trabajadores seleccionado por empleador, si es que se excluye a otros sin tener una causa justa.

La autoridad inspectiva sancionó como infracción muy grave por generar un trato desigual sin en contra de los trabajadores afectados, les puso como condición para la entrega de prestaciones alimentarias, las bases y estructuras de costos de acuerdo al contrato con los clientes, siendo que a los trabajadores administrativos les entregaba dichas prestaciones alimentarias en base al principio de discrecionalidad.


Sobre esto, la empresa apeló la sanción argumentando que no estaba obligado a entregar el beneficio alimentario a los trabajadores, ya que por su naturaleza es optativo, y al no existir pacto colectivo; en ese sentido, otorgó el beneficio de manera individual, amparándose en el carácter discrecional.


Para la Intendencia, al verificar la condición impuesta para que los trabajadores afectados puedan acceder al beneficio, concluyó que la empresa aplicó una política de diferenciación entre sus trabajadores que realizan labores administrativas y los trabajadores operativos, sin justificar el motivo para tal diferenciación, más que su discrecionalidad, lo cual vulnera lo establecido en el numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.


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