sábado, 13 de marzo de 2021

Deber del inspeccionado de presentar toda la documentación que le sea requerida

 Inspección  laboral 

Deber de colaboración: 

Deber del inspeccionado de presentar toda la documentación que le sea requerida.


Fuente :

Res. 827-2020-SUNAFIL/ILM de 18-11-20


 Pregunta: ¿El inspeccionado comete infracción contra la labor inspectiva 1 , si no cumple con presentar documentación (requerida) que no resulta exigible ni está descrita en la normativa sociolaboral?


Fallo: Sí. La información que puede requerir el personal inspectivo en las diligencias no sólo se limita a los documentos exigidos por la normativa sociolaboral. 

Puede tratarse de cualquier documentación, siempre que sea relevante para verificar de manera adecuada la materia objeto de verificación precisada en la Orden de Inspección. 


No es necesario que el documento esté descrito en la norma, pues el art. 5, inc. 3, num. 3.3  x2 deja abierta la posibilidad de pedir información y documentación con la única condición de que se encuentre vinculada con la materia objeto de inspección.

 En consecuencia, al tener amparo legal, el inspeccionado debe facilitar los documentos administrativos que la autoridad le requiera, no existiendo en modo alguno contravención al principio de legalidad.

____________

1. Infracción tipificada en el numeral 46.3 del artículo 46 del  RLGIT.

2. “Examinar en el centro de trabajo la documentación y los libros de la empresa con relevancia en la verificación del cumplimiento de la legislación sociolaboral, tales como: libros, registros, programas informáticos y archivos en soporte magnético, declaraciones oficiales y contabilidad, documentos del Seguro Social; planillas y boletas de pago de remuneraciones; documentos exigidos en la normativa de prevención de riesgos laborales; declaración jurada del Impuesto a la Renta y cualesquiera otros relacionados con las materias sujetas a inspección. Obtener copias y extractos de los documentos para anexarlos al expediente administrativo, así como requerir la presentación de dicha documentación en las oficinas públicas que se designen al efecto.”

@ctualizate


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