09/03/21
Locación de servicios
desnaturalización
reconocimiento derechos laborales
Fuente : Resolución 013-2021-Sunafil]
La Resolución 013-2021-Sunafil, la Intendencia Regional de Lima confirmó la infracción grave a una municipalidad, por no pagar u otorgar íntegra y oportunamente los beneficios a los que tiene derecho los trabajadores por todo concepto, incluidos los establecidos por convenio colectivo.
En el caso concreto, la entidad pública habría sido sancionada por no pagar durante el tiempo que dejó de trabajar un trabajador cuyo contrato locación de servicios se desnaturalizó.
entidad alegó que no le corresponde recibir aquellos beneficios obtenidos mediante un convenio o laudo, que fue celebrado antes de su incorporación, por cuanto no tenían vínculo laboral con la entidad.
Sin embargo, para la Intendencia, se debió pagar, pues la empresa no consideró que el trabajador estuvo contratado mediante una relación laboral, la cual fue ratificada por mandato judicial.
ese sentido, aclaró que los efectos de un proceso laboral que pretende la reposición no pueden ser los mismos que los obtenidos a partir de un proceso declarativo de reconocimiento de derechos.
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