Derecho de huelga
Características
¿ Qué características tiene el ejercicio del derecho de huelga ?
1. Implica dejar de hacer, dejar de trabajar; por lo que queda fuera de la definición de huelga cualquier acto que consista en disminuir o variar el ritmo de trabajo que no implique la suspensión de las labores.
2.implica una suspensión colectiva, por lo que solo de manera grupal los trabajadores pueden realizar la huelga, elemento que se fundamenta en que el ejercicio del derecho de huelga es colectivo y no individual
3. La decisión de ejercitar el derecho de huelga solo puede provenir de un acuerdo tomado por los trabajadores en forma mayoritaria durante una asamblea que debe cumplir con las formalidades exigidas por el artículo 73 del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
4. El ejercicio del derecho a la huelga sea en forma voluntaria sin coacción alguna, eliminando toda clase de presiones abusivas y que su ejercicio sea pacífico, por lo que se rechaza la utilización de formas violentas sobre las personas; como, por ejemplo, agresiones contra los directivos de la empresa o contra los bienes de esta.
5. El ejercicio del derecho a la huelga implica el abandono del centro de trabajo.
6. La huelga debe realizarse fuera de las instalaciones del centro de trabajo, entendiéndose que al suspenderse las labores no pueden permanecer los trabajadores dentro de la empresa.
Fuente : Casación N° 27752-2018 Arequipa
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