martes, 21 de septiembre de 2021

Prueba pago beneficios sociales

 Termino  relación  laboral

Beneficios  sociales
Pago
¿ Es válido  que el empleador presente cheques a  nombre del trabajador para demostrar el pago  de los beneficios sociales .

Si el empleador  inspeccionado se le  imputa el incumplimiento de pago de beneficios sociales de un trabajador, la copia de los cheques  emitidos a nombre de éste, así como su cargo de
recepción, ¿acreditan el pago?

Fallo: No.
Las copias de los cheques emitidos a  nombre del trabajador no acreditan el pago de sus
beneficios sociales, aun cuando éste haya firmado un cargo de recepción del referido título valor.

El empleador deberá acreditar el cumplimiento de su obligación con la constancia de pago
correspondiente.

Lo señalado se sustenta en el art. 1233 del Código Civil que establece lo siguiente: “la
entrega de títulos valores que constituyen órdenes o promesas de pago, sólo extinguirá la obligación primitiva cuando hubiesen sido pagados o cuando
por culpa del acreedor se hubieran perjudicado, salvo pacto en contrario”.

Observación: En el caso la Sunafil declaró infundado el recurso de apelación del inspeccionado y confirmó la sanción de multa que le fue impuesta por incumplir el pago de beneficios laborales de un trabajador.
Si bien presentó como
pruebas del pago, la copia de los cheques emitidos a nombre del trabajador (2), un cargo de recepción de uno de ellos, comunicaciones enviadas al
trabajador (correos electrónicos), una transferencia bancaria (por un monto menor) y una declaración
jurada del cobro de los beneficios (suscrita por el trabajador), la Sunafil consideró que se debió
presentar la constancia de pago.

Es decir documento donde el trabajador  afirma  haber cobrado  sus  beneficios  sociales. ( Ejemplo: Liquidación  de beneficios  sociales).

Fuente : Res. 1411-2021-SUNAFIL/ILM de 27-8-21

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