CTS : Retención por falta grave que causa perjuicio al empleador (Cas. 090-2006)
La facultad del empleador de solicitar la retención de la CTS en caso de despido por falta grave no puede ser interpretada de manera extensiva a otros beneficios sociales que deban ser pagados al momento del cese, por lo que dicha norma se restringe únicamente a la CTS
- Cas. 090-2006 Lima del 21-6-06 (pub. 5-1-07).
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