jueves, 11 de noviembre de 2021

retencion daños y perjuicios denuncia penal

 Retención de la 

CTS por comisión de falta grave: Supuesto en que la denuncia penal sustituye al requisito de la acción legal de daños y perjuicios (Cas. 7477-2012-Puno)


La exigencia prevista en el art. 51 del TUO de la LCTS, de que a la retención de la  CTS por comisión de falta grave le siga una demanda por indemnización por daños y perjuicios, se satisface también con la denuncia presentada ante el órgano jurisdiccional penal sólo en los casos en los que la falta grave cometida por el trabajador sea constitutiva de ilícito penal. Ello se sustenta en el hecho de que en el proceso penal también puede obtenerse una repación civil, que tiene el mismo carácter indemnizatorio que reclama la indemnización por daños y perjucios en el orden laboral - Cas. 7477-2012-Puno (pub. 1-6-15).


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