Sistema Nacional de Pensiones
Jubilación
Documentos
¿ Qué documentos son idóneos para acreditar aportes a la ONP? Fuente: Exp. 02277-2015-PA/TC
Mediante el Expediente 02277-2015-PA/TC, Lima, el Tribunal Constitucional recordó que de acuerdo a la sentencia emitida en el Expediente 4762-2007-PA/TC los documentos que pueden presentar los afiliados para acreditar sus aportes ante la ONP son certificado de trabajo, boletas de pago, libros de planilla de remuneraciones, la liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales, las constancias de aportaciones de ORCINEA, del IPSS o de EsSalud, entre otros documentos.
Dichos instrumentos pueden ser presentados en original, copia legalizada o fedateada, mas no en copia simple. El Juez, de oficio o a pedido del demandante, podrá solicitar el expediente administrativo a la ONP o copia fedateada de él, bajo responsabilidad.
El recurrente interpone demanda de amparo contra la SBS, AFP Prima y la ONP con el objeto de que se declaren nulas las resoluciones que le deniegan la solicitud de desafiliación del SPP y disponen que la AFP Prima proceda a otorgar pensión mínima dentro del SPP. Además, solicita que se ordene a la SBS que expida una nueva resolución aprobando su desafiliación al SPP por contar con más de 20 años de aportaciones, que se ordene a la ONP que expida un nuevo Resit-SNP reconociendo 33 años de aportes y que se expida una resolución otorgando pensión de jubilación del Decreto Ley 19990.
En primera instancia se declaró improcedente la demanda, por considerar que la documentación probatoria que adjunta para acreditar mayores aportes no son documentos idóneos.
En segunda instancia se confirma la apelada y declara improcedente la demanda por similar fundamento.
El TC al analizar el caso señaló que la ONP vulneró el derecho al debido procedimiento, por cuanto no reconoció debidamente los aportes realizados al Decreto Ley 19990 para proseguir con el trámite de desafiliación para acceder a una pensión de jubilación.
De esta manera se declaró fundada la demanda en este extremo.
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