Contrato de trabajo
Sujeto a modalidad
Desnaturalización
Si contrato modal no cumple formalidades es inválido y se desnaturaliza
Fuente; Cas. Lab. 9111-2018, Lima
A través de la Casación Laboral 9111-2018, Lima la Corte Suprema recordó que el incumplimiento de las formalidades establecidas en el artículo 72 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728 aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR invalidan los contratos a plazo fijo y se desnaturalizan.
El accionante solicitó que se declare la desnaturalización de los contratos temporales que suscribió con la demandada y se declare nulo el despido del que fue objeto el demandante.
En primera instancia se declaró fundada la demanda por lo que el trabajador fue víctima de un despido nulo y ordenó la reposición del actor en sus labores habituales; asimismo, ordenó efectuar el pago de las remuneraciones dejadas de percibir desde la fecha en que se produjo el despido hasta su reposición efectiva.
En segunda instancia se confirmó la sentencia bajo similares argumentos.
Para la Corte Suprema, la demandada no cumplió con acreditar o demostrar objetivamente la causa objetiva de los contratos de exportación, por ello, es que concluyó que los citados contratos de trabajo fueron desnaturalizados y se convirtieron en contratos de trabajo de duración indeterminada.
De esta manera el recurso fue declarado infundado.
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