sábado, 4 de junio de 2022

trabajadora no apta puesto asignado

 

Hostilidad

BCP repone a trabajadora en puesto donde tiene que estar de pie
Fuente: Resolución 420-2022-SUNAFIL/TFL

Hechos : Se ha  constatado.  según  el Acta de Infracción, que el Inspector actuante ha señalado que el sujeto inspeccionado , no ha cumplido con otorgar un puesto de trabajo acorde a las condiciones de salud de la trabajadora Yolanda Nathali Ramírez Valencia.

Por el contrario, la reincorpora al mismo puesto de trabajo:“Guía de Agencia”.

A pesar que existe documentación en donde Médicos Ocupacionales de la impugnante han determinado que no es apta para que lo desempeñe, debido a que es un puesto de trabajo que se realiza predominantemente de pie.

Del mismo modo, verificó que la impugnante no acreditó haber realizado acciones conducentes para que la trabajadora afectada sea reubicada en un puesto de trabajo de acuerdo a su formación y experiencia laboral, a partir del momento que tuvo el alta con restricciones, con observancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, vulnerando así el derecho fundamental del trabajo de la trabajadora, afectando su desarrollo y su dignidad.

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