sábado, 27 de agosto de 2022

indemnización por despido sin impugnar

 Despido 

Indemnización 

¿Trabajador puede reclamar indemnización sin la necesidad de impugnar un despido dentro del plazo de caducidad? 

Fuente : Exp. 06533-2020-0-1801-JR-LA-12

La responsabilidad civil es una institución jurídica dentro del cual existe la obligación de indemnizar por daños causados en virtud a un incumplimiento de las obligaciones asumidas mediante una relación contractual o por el acontecimiento de un hecho ilícito o riesgo creado (fuente extracontractual), en donde su reparación deberá consistir en el establecimiento de una situación anterior o -cuando ello sea imposibleen un pago por concepto de indemnización.


Con esto, si la verificación del daño, la constitución de un nexo causal, la antijuridicidad de la medida, así como los factores de atribución pueden ser evaluados con posterioridad de determinación del plazo prescriptorio de 10 años; entonces este Colegiado Superior no comparte respetuosamente la posición interpretativa por el cual una acción indemnizatoria, producto de un cese irregular, no sería valida por la falta de impugnación previa del despido o la consumación de la caducidad; en cuanto que solamente se estaría limitando el acceso a la justicia laboral en base a una formalidad procesal y el cual puede ser objeto de una nueva evaluación con posterioridad a la prescripción extintiva (mas aún si no se ha formulado un plazo de caducidad o se haya cuestionado una defensa previa, relacionado con la constitución de un despido, dentro de su propia contestación de la demanda).

En efecto, no compartimos el argumento empleado por el órgano jurisdiccional de primera instancia, en cuanto que la acción indemnizatoria solamente estaría supeditada al cumplimiento de un plazo procesal de caducidad limitado y sin poder advertir que el daño y el nexo de causalidad también podrán ser evaluados dentro del contexto de un claro cese irregular, conforme a un plazo mayor de acceso judicial; para ello, se deberá recordar que dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos – CIDH ha permitido la inaplicación expresa de los plazos procesales (incluso el de la prescripción extintiva) si se advierte que el daño producido o la omisión de los Estados integrantes pueda afectar en mayor medida los derechos humanos de las victimas (tales como en los delitos de lesa humanidad). 


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