Fiscalización Laboral
Multas
Leer la Resolución aqui
https://drive.google.com/file/d/1GIBk2Y5RTWx_8mAU9XHbM0jh37IsJhsh/view?usp=drivesdk
Multas de Sunafil se calculan por la totalidad de trabajadores del centro inspeccionado y no por la totalidad de la planilla
Fuente : Res. 625-2022-Sunafil/TFL
En esa medida, uno de los criterios de razonabilidad a tener en cuenta al momento de evaluar la sanción es el de las circunstancias de la comisión de la infracción, estableciéndose ello en el lugar, tiempo, modo o condición en el momento determinado. En esa medida, de los Requerimientos de Información notificadas a la inspeccionada con fecha 18 y 28 de diciembre de 2020, respectivamente, ha quedado determinado que la información requerida se refiere a los trabajadores del centro de trabajo ubicado en Bolognesi N° 933 – Chiclayo, por lo que las autoridades de primera y segunda instancia debieron agotar los medios de información para establecer el número de trabajadores al momento de imponer la sanción y no considerar a la totalidad de trabajadores de la inspeccionada, cuando claramente los requerimientos de información se limitaban al centro de trabajo materia de inspección.
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