martes, 6 de septiembre de 2022

Plazo caducidad inspección Laboral

 Inspección Laboral 

Caducidad

Plazo de caducidad del procedimiento sancionador no inicia desde la imputación de cargos, sino desde su notificación 

Fuente : Resolución 617-2022-Sunafil/TFL

“El plazo de caducidad del procedimiento administrativo sancionador es de nueve (9) meses y es computado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos, es decir, con el inicio del procedimiento administrativo sancionador. (…)

 Por el contrario, el día final de ese plazo no es de la fecha de la resolución sancionadora, sino el de su notificación al administrado, dado que elementales razones de garantía impiden que se conceda efecto interruptor a una resolución no comunicada aún.


No obstante, la norma admite la ampliación del plazo de caducidad por tres (3) meses, pero requiere de una resolución debidamente sustentada por parte del órgano competente, detallando las justificaciones de hecho y de derecho que conllevan a la necesidad de ampliar el plazo regular”

Cuadro 



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