Fiscalización Laboral
Requerimiento
Pago remuneración
Sanciones por incumplir el pago de la remuneración y la medida de requerimiento:
¿Afectación del principio de non bis in idem?
Fuente: Res. 932-2022-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 10-10-22
La duda : Sancionar al inspeccionado por incumplir la obligación de pago de la remuneración vacacional y la medida de requerimiento respecto de dicha obligación ¿constituye una afectación del principio de non bis in idem (LPAG, art. 248, num.11)?
Fallo: No. Frente a un requerimiento, el sujeto inspeccionado debe adoptar, dentro de un plazo. determinado, medidas destinadas a cumplir la normativa del ordenamiento sociolaboral.
Estas medidas persiguen la subordinación legalmente justificada de los administrados a los fines de garantizar la eficacia de la actividad inspectiva.
Existe una notable diferencia en los fundamentos que tutelan las medidas de requerimiento respecto de las obligaciones en materia laboral.
Con las primeras se garantiza exclusivamente la eficacia de la inspección dentro del marco de promoción de las obligaciones laborales.
En cambio, en la infracción en materia de relaciones laborales por incumplimiento del pago de la remuneración (vacacional) se reprime la conducta que afecta el principio constitucional de igualdad, cuya consumación es independiente del plano de la actividad inspectiva.
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