jueves, 10 de noviembre de 2022

trabajador judicial obstruye inspeccion

 Fiscalización Laboral 

Obstrucción 

Sancionan al PJ debido a que trabajador judicial obstruyó inspección de Sunafil 

Fuente : Resolución 468-2020-Sunafil

La Intendencia  declaró infundado el recurso de apelación del Poder Judicial ante la sanción por obstruir las actividades de fiscalización, puesto que un trabajador habría impedido que el inspector permanezca en el centro de trabajo.

La entidad apeló la sanción impuesta en base a que el trabajador que impidió la permanencia del personal inspectivo no contaba con la información que el inspector requería ni con la representación; puesto que no estaba facultado para atender visitas inspectivas. Asimismo, el trabajador no actuó con malicia de obstrucción, ni falta de colaboración.

Por otro lado, si bien el trabajador no pudo facilitar la información solicitada por el inspector, esta se le hizo llegar por medio de una abogada. 

Esto no fue considerado por el inspector comisionado.

La Intendencia consideró comprobado que el trabajador de la institución impidió la permanencia del inspector en las instalaciones del centro de trabajo; además, se negó a recibir la notificación de la diligencia de despido arbitrario.

En ese sentido, confirmó que existió una acción que dilató el procedimiento; asimismo, el argumento en el sentido que posteriormente brindó la documentación pertinente al personal inspectivo no le exime de responsabilidad.


No hay comentarios:

Publicar un comentario