Inspección laboral
Presentación de la documentación requerida durante el procedimiento sancionador fuera de plazo
Fuente :Res. 016-2022-SUNAFIL/IRE-TAC de 8-2-22
La duda : El hecho de que el inspeccionado presente la documentación requerida en la etapa del procedimiento sancionador fuera de plazo ¿lo libera de responsabilidad por la infracción contra la labor inspectiva tipificada en el RLGIT, art. 46, num. 46.3? ( )
( ) 46.3 La negativa del sujeto inspeccionado o sus representantes de facilitar a los supervisores inspectores, los inspectores de trabajo o los inspectores auxiliares, la información y documentación necesarias para el desarrollo de sus funciones.
Fallo: No. Cuando se entrega extemporáneamente en la etapa sancionadora la documentación solicitada, dicha documentación ya no puede ser valorada.
Aun cuando el inspeccionado presente toda la información requerida por el inspector en la etapa del procedimiento sancionador, ello no enerva los incumplimientos advertidos en el Acta de Infracción, ni la tipificación de los mismos dentro del tipo infractor previsto en el 46.3 del art. 46 del RLGIT.
La documentación presentada dentro del procedimiento administrativo sancionador no tiene mérito para desvirtuar la falta de colaboración con la autoridad inspectiva, ni la tipificación de las conductas infractoras incurridas.
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