jueves, 12 de enero de 2023

Horas extras y labores intermitentes

 Jornada de trabajo 

Labores intermitentes 

Horas extras

Trabajador que realizaba labores de naturaleza intermitente: Reconocimiento de horas extras con criterio razonable y prudente 

Fuente :Cas. Lab. 9698-2020, La Libertad de 16-8-22(Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)

La duda : Si se determina que el trabajador (chofer de bus interprovincial en el caso) realizaba labores intermitentes y el empleador ofrece como medios de prueba liquidaciones de beneficios sociales y boletas de pago, sin demostrar que la jornada de éste no superaba las 12 horas de trabajo en promedio diario, ¿procede que se le reconozca el pago de horas extras o resulta de aplicación el art. 5 (1) del D.S. 007-2002-TR?

Fallo: Si el empleador no cumple de manera completa con la presentación de pruebas (los manifiestos de pasajeros y hojas de ruta) por todo el récord laboral del trabajador, se habilita al juzgador la facultad de aplicar el art. 29  (2 ) de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. 

En ese sentido, con criterio razonable y prudente podrá ordenar el pago a favor del trabajador de una hora extra diaria por todo el récord laboral.

___________________

1. No se encuentran comprendidos en la jornada máxima los trabajadores de dirección, los que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia.

2. “El juez puede extraer conclusiones en contra de los intereses de las partes atendiendo a su conducta asumida en el proceso. 

Esto es particularmente relevante cuando la actividad probatoria es obstaculizada por una de las partes 

… Entre otras circunstancias, se entiende que se obstaculiza la actuación probatoria cuando no se cumple con las exhibiciones ordenadas, se niega la existencia de documentación propia de su actividad jurídica o económica, se impide o niega el acceso al juez, los peritos o los comisionados judiciales al material probatorio o a los lugares donde se encuentre, se niega a declarar, o responde evasivamente”.


No hay comentarios:

Publicar un comentario