jueves, 18 de mayo de 2023

Reglamento de trabajo y aplicación medidas disciplinarias

 Medidas disciplinarias 

Caso en que reglamento interno no respeta el debido procedimiento en la aplicación de sanciones.

Fuente : Res. 027-2023-SUNAFIL/ILM de 12-1-23

La duda: ¿En virtud de su facultad sancionadora, el empleador puede aplicar sanciones sin que el trabajador tenga la posibilidad de presentar descargos?

Fallo: No. 

Para que una sanción sea válida y se haga efectiva debe estar precedida de una imputación a efectos de que el trabajador presente sus descargos (ejerza su derecho de defensa). 

Antes de emitir una sanción hacia sus trabajadores,el empleador debe respetar las garantías constitucionales que la ley concede a todo trabajador, debiendo desarrollar el criterio de razonabilidad a efectos de verificar si la falta atribuida es suficiente y amerita la sanción. 

Toda sanción debe estar precedida de una etapa de imputación, de presentación de pruebas, de la existencia de un plazo razonable para esos fines y una debida motivación (en la imputación y la sanción). 

Si se otorga al trabajador la posibilidad de presentar descargos luego de aplicar la sanción, ello no es acorde con el principio de pluralidad de instancia, lo cual no puede suplir el debido procedimiento.


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