domingo, 7 de mayo de 2023

Sanción Disciplinaria por inasistencias durante Huelga declarada Improcedente

 La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución de fecha 29 de setiembre del año 2021, recaída en la Casación Laboral N° 94-2019-Arequipa, considera que no es válido imponer una sanción disciplinaria por una supuesta paralización intempestiva de labores, si el trabajador ejerció su derecho a la huelga y ésta no es declarada llegal mediante resolución firme.

Al respecto, resulta que la Sala Suprema deja sin efecto la sanción disciplinaria impuesta a un trabajador por paralización intempestiva de labores, pues aun cuando se declaró inicialmente la improcedencia de la huelga, no existía un pronunciamiento firme que declare la ilegalidad de la misma.


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