viernes, 30 de junio de 2023

Cese por retiro antes fin jornada



 Despido  fraudulento 

Trabajador que se retiró antes de culminar jornada laboral ¿puede ser despedido? 

Fuente: Cas. Lab. 28329-2017, Del Santa

Hechos 

1. De la empresa. Esta  sostiene que la Sala Superior no tuvo en cuenta que la demandante incumplió sus funciones detalladas en el memorándum N° 29-2016-AG-CHIMBOTE .

En el cual se dispuso que se haría cargo de custodiar las llaves de la agencia y ser la responsable de la apertura y cierre de la misma. Asimismo, indica que la demandante no ha negado los hechos respecto a la imputación de faltamiento de palabra en agravio de otro trabajador.


2. Poder  Judicial  : Al respecto, ha quedado acreditado  que los hechos imputados a la actora no han sido invención de la parte demandada, toda vez que en la realidad de los hechos existieron .

Esto dado que la demandante incumplió con sus obligaciones de trabajo, pues, admite que se retiró antes del cierre de la agencia y, si bien es cierto indica que envió un correo antes de retirarse ello no ha sido acreditado.

En tanto no adjunta el referido pese tener conocimiento de que existe un protocolo para casos en los cuales la persona encargada de las llaves de la agencia deba retirarse conforme se le indicó en el memorándum N° 029-2016- AG-CHIMBOTE , tanto es así que dicho proceder (rehusarse a quedarse hasta el cierre definitivo) dio lugar al trato inadecuado de manera verbal a otro trabajador al habérsele requerido el cumplimiento de sus funciones, lo cual no lo ha negado, por lo que, no puede fundar su pretensión sobre hechos o situaciones inexistentes o fraudulentas y menos aún sustentar la misma aduciendo que no era la responsable directa de tales funciones.


Así las cosas, conforme a la prueba actuada en el proceso, ha quedado evidenciado que la actora incumplió sus funciones y se manifestó con expresiones que indican un faltamiento grave de palabra en agravio de otro trabajador, de ahí que su despido tuvo un motivo debidamente sustentado en la norma como falta grave, lo cual tiene como consecuencia la extinción del vínculo laboral conforme a la norma laboral en comento.


No existe despido fraudulento, si en la realidad de los hechos las causas imputadas existieron, en tal sentido, no es posible fundar una pretensión sobre hechos o situaciones inexistentes o fraudulentas cuando han quedado acreditas las faltas cometidas.

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