Trabajadora gestante
Trabajo Remoto
Aplicación de la modalidad de trabajo remoto para mujeres gestantes o en periodo de lactancia .
Informe 512-2023-MTPE/2/14.1 de 27-6-23
¿Cuál es el periodo de tiempo que por el que se considera a una mujer en periodo de lactancia, a los fines de interpretar las disposiciones previstas en la Ley 31051 y la Directiva Administrativa N° 339-MINSA/DGIESP-2023?
Respuesta: Debe aplicarse el periodo previsto en la Ley 27240, la cual dispone que la madre trabajadora, al término del período postnatal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un año de edad.
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1. Según esta ley, durante la vigencia del estado de emergencia nacional de carácter sanitario declarado por el Estado, el empleador debia identificar a las trabajadoras mujeres gestantes y madres lactantes cuya integridad o la de su menor hijo sean puestas en riesgo y aplicar de forma obligatoria el trabajo remoto para el cumplimiento de sus actividades laborales.
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