sábado, 2 de diciembre de 2023

Trabajador de confianza horas extras

 

Trabajo en sobretiempo: 

Caso en que el trabajador afectado tenía la condición de “trabajador de confianza sujeto a fiscalización inmediata” 

Fuente :Res. 370-2022-SUNAFIL/ILM de 25-2-22

Hechos

1. La sancion  ..El inspeccionado fue sancionado por no cumplir el pago íntegro y oportuno del trabajo en sobretiempo (horas extras) (infracción tipificada en el RLGIT, art. 25, num.25.6). 

2. Respuesta empleador..  En su defensa, aquél señaló que el trabajador afectado era de confianza y no estaba sujeto a un control efectivo de su tiempo de trabajo. 

Agregó que, por voluntad propia, éste decidió marcar el control de asistencia sin encontrarse obligado a ello. (?)

Precisó que esa situación fue indicada a la autoridad en un escrito en el cual adjuntó un 

Informe que sustentaba lo señalado. 

Puntualizó que no correspondía el pago de trabajo en sobretiempo en la cantidad afirmada por el  inspector.

La duda : ¿El inspeccionado fue sancionado conforme a ley?

Fallo: Sí, por las razones siguientes: 

1 - El trabajador era considerado como de confianza, según lo indicado en la constancia de modificación o actualización (formulario 1604-2 del T-Registro); sin embargo, estaba sujeto a control efectivo del tiempo de labores, conforme a lo establecido en su adenda del contrato de trabajo que fijaba un horario. 

2. A lo señalado hay que sumar que en el expediente obra el registro diario de ingreso y salida del trabajador. 

3.- El hecho de que el trabajador haya tenido pleno conocimiento de su condición de personal de confianza no incide ni determina que no estaba sujeto a un control efectivo del tiempo de trabajo. 

4. En el caso se ha evidenciado la existencia de rasgos de fiscalización en su jornada. 

En consecuencia, el inspeccionado fue sancionado válidamente.


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