martes, 19 de marzo de 2024

Aspectos a considerar



 Contrato por necesidad de mercado: 
Aspectos a considerar para su uso 

Fuente :  Casación Laboral 48482-2022, Lima de 26-7-23  (Segunda Sala de Derecho Constitucional y  Social Transitoria de la Corte Suprema)

Antecedente: De acuerdo con el art. 58 de la LPCL 

El contrato temporal por necesidades del mercado  es aquel que se celebra entre un empleador y un trabajador con el objeto de atender incrementos  coyunturales de la producción originados por variaciones sustanciales de la demanda en el  mercado aun cuando se trate de labores ordinarias que formen parte de la actividad normal de la  empresa y que no pueden ser satisfechas con personal permanente…Este puede ser renovado sucesivamente hasta el término máximo establecido en el Artículo 74 de la presente Ley. 

.En los contratos temporales por necesidades del mercado, deberá constar la causa objetiva que justifique la contratación temporal…Dicha causa objetiva deberá sustentarse en un incremento temporal e imprevisible del ritmo normal de la actividad productiva, con exclusión de las variaciones de carácter cíclico o de temporada que se producen en algunas actividades productivas de  carácter estacional”.


La duda : ¿Qué aspectos deben 

tomarse en cuenta para la contratación de trabajadores bajo la modalidad de “necesidades de 

mercado”?

Fallo: Los siguientes: 

1.- La contratación debe estar directamente  vinculada con el incremento coyuntural de la 

producción. 

Esta situación no debe tener un 

carácter de permanencia o continuidad, sino que debe ser excepcional. 

La necesidad de una 

respuesta rápida que deben ofrecer las empresas en este contexto (incremento 

coyuntural de la producción) puede implicar no solo el incremento de capital, sino también de trabajadores necesarios para atender la 

coyuntura.

El incremento coyuntural de la demanda no debe ser esperado, ni programado por el empleador; sino que debe ser imprevisible.

2. La conclusión del contrato está sujeta a la conclusión de la producción (demanda) 

coyuntural.

- La causa objetiva debe estar sustentada en un incremento temporal e imprevisible del ritmo 

normal de la actividad productiva, con exclusión de las variaciones carácter cíclico o de temporada que se producen en algunas 

actividades de carácter estacional.

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