Daños y perjuicios
Contra ttabajador
¿Nuevo plazo de caducidad?
Empleador contaría con solo 30 días desde el despido para demandar a trabajador por daños y perjuicios
Fuente : Casación 3229-2019-TACNA
Interpretando el artículo 51 del Decreto Supremo 001-97-TR, se ha establecido un plazo de caducidad de 30 días naturales desde el cese, para que el empleador interponga demanda de daños y perjuicios, en la vía laboral, en contra del trabajador.
Del caso ...
04 trabajadores participaron en la compra de equipos (transformadores) que no pudieron ser utilizados por el empleador al no cumplir las características técnicas.
El empleador no sancionó disciplinariamente a los trabajadores, pero sí consideró que este incumplimiento de obligaciones le había generado un perjuicio económico y demandó a los trabajadores por daños y perjuicios.
De la demanda : La demanda del empleador fue declarada fundada en primera y segunda instancia.
El recurso de Casación propuesto por los trabajadores fue declarado fundado.
Fallo La Corte Suprema estableció los siguientes requisitos que el empleador debe cumplir en caso de una demanda por daños y perjuicios debido al incumplimiento de obligaciones laborales por parte del trabajador:
a. Debe existir un despido justificado por falta grave.
b. Se debe demostrar la existencia de un perjuicio económico.
c. La acción legal debe ser iniciada dentro del plazo de treinta (30) días a partir del despido
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