lunes, 2 de septiembre de 2024

Derecho de huelga y puestos indispensables

 


El derecho a la huelga es un
derecho fundamental pero no
absoluto. 
Está sujeto a limitaciones.

Fuente :
Cas. 8609-2021 LIMA


Del caso : Un trabajador fue despedido por abandono de trabajo, debido a que no se presentó a laborar a pesar de que su posición había sido calificada como de indispensable.


Despidió  nulo ..
El trabajador considera que su
despido fue nulo, debido a
que la inasistencia obedeció a
su participación en una
medida de huelga.
Por lo que se debe ordenar su
reincorporación, así como el
pago de los devengados.

Poder Judicial 
SALA SUPERIOR
Revoca. Declara Fundada la demanda

La Sala considera que si bien al demandante se le notificó con una comunicación mediante la que se le notificaba que el puesto que ocupaba era
uno de personal indispensable.


Sin embargo, precisa que dicha lista debe ser aprobada por la Autoridad Administrativa de Trabajo.


En atención a ello, el despido del trabajador fue nulo por cuanto tuvo sustento en los días que no asistió a trabajar, debido.a su derecho de huelga.


Corte Suprema
Infundada la demanda

El derecho a la huelga es un derecho fundamental pero no absoluto. 


Está sujeto a limitaciones.
Es obligación de lostrabajadores garantizar la permanencia del personal
necesario para cumpliractividades indispensables.

El actor estuvo dentro de una
lista de personas que ocupaban puestos como indispensables, la cual se encontraba sustentada en un informe
técnico y no fue objeto, en su
momento, de divergencia por parte del Sindicato.

No existe conducta antisindical
pues hay una justificación específica que legitima el despido, cual es la necesidad de evitar daños irreparables por ausencias de quienes ocupan puestos indispensables


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