Utilidades
¿Cuál es el porcentaje (alícuota) que las empresas que realizan actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica deben distribuir por utilidades?
La Corte Suprema nos indica que el porcentaje es del 5% y no del 10% .
Fuente : CASACIÓN LABORAL N.° 6216-2022 JUNÍN
Reintegro de utilidades
PROCESO ORDINARIO LABORAL – NLPT
No es una empresa lndustrial
Del caso: Una demandante solicitaba el 10 %.
Según la Corte Suprema , corresponde un 5 %.
La razón : Las actividades de generación, transmisión y distribución se subsumirían en otros tipos de actividades y no dentro del rubro de empresas industriales.
Puede revisar la Casación laboral aqui
https://drive.google.com/file/d/1QOtnY1rIXg9FGNkbx1Z-3D5vzzOpcPAU/view?usp=drivesdk
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