No corresponde indemnización vacacional al trabajador con cargo de dirección, salvo que este pruebe que no se encontraba en la posibilidad de decidir sobre su descanso vacacional.
Fuente :CASACIÓN LABORAL N.° 356-2023
TACNA
Pago de beneficios sociales
Del caso : Recientemente la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema emitió un interesante pronunciamiento en la Casación Laboral N° 356-2023-TACNA.
En la que señala que el personal de dirección solo podría tener derecho a la indemnización vacacional si es que logra acreditar que estaba imposibilitado de decidir sobre su descanso vacacional.
Detalles: El artículo 24 del Decreto Supremo N° 012-92-TR, señala expresamente que la indemnización vacacional por ningún motivo le es aplicable a los gerentes o representantes de la empresa que hayan decidido no hacer uso del descanso vacacional.
Motivo de la exclusión... Esta exclusión esta fundamentada en que el personal de dirección, por la categoría que tiene dentro de la organización empresarial, goza de la autonomía para definir la ocasión para hacer efectivo su derecho al descanso vacacional, por lo cual sería un contrasentido otorgar una indemnización que puede ser generada por él mismo.
Caso contrario..
De lo anteriormente señalado, se puede entender, en sentido contrario, que si el personal de dirección carece de esta autonomía o posibilidad de determinar la oportunidad de su descanso vacacional, no debería ser excluido del derecho a la indemnización vacacional.
Más...
En el presente caso, un Gerente de Finanzas demostró que con relación a su período vacacional 2010-2011, careció de la autonomía para fijar la fecha de goce efectivo del descanso vacacional.
Toda vez que fue notificado con un memorándum suscrito por el jefe de personal y el administrador de la empresa, en el cual le comunicaron que la fecha de goce vacacional sería del 11 de febrero al 10 de marzo del 2010.
Decisión : En tal sentido, el fundamento central de la Sala fue que habiendo quedado demostrado que la demandante (Gerente de Finanzas) no se encontraba en la posibilidad de decidir sobre su descanso vacacional, en tanto requirió la autorización previa de la demandada,
Sí le corresponde el otorgamiento de la indemnización vacacional.
Leer Casación aqui
https://drive.google.com/file/d/1pum2Qvk4R2sHbjrESe8JzRDgbPHmurbw/view?usp=drivesdk
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