LAS AUSENCIAS
JUSTIFICADAS POR
UNA DETENCIÓN
PRELIMINAR Y LA
VIABILIDAD DEL
DESPIDO
Del caso : Un trabajador es detenido de manera preventiva y, como consecuencia de ello, no puede cumplir con su jornada laboral.
Antes y durante el procedimiento de despido el trabajador informó a la empresa de su detención, solicitando la suspensión de su contrato sin goce de haber.
A pesar de este esfuerzo por comunicar su situación, el empleador desestimó el pedido y procedió a despedirlo.
En Poder Judicial..
A través de la CASACIÓN LABORAL N° 6474-2023 LA LIBERTAD, la Corte Suprema señaló que, en este tipo de situaciones, el despido no es procedente.
La imposibilidad del trabajador de asistir al trabajo debido a su detención no puede ser considerada una causal válida para su despido.
El Tribunal añadió que la entidad demandada no reconsideró la medida disciplinaria, reafirmando el ánimo perverso del empleador para despedir al accionante.
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