¿La falta de registro en el RENEEIL es una causal de desnaturalización de la intermediación laboral?
La Corte Suprema en una reciente sentencia ha señalado que NO, porque no está previsto como causal de desnaturalización de la intermediación laboral en la Ley N° 27626; sin embargo, puede ser un indicio periférico que, en conjunto con otros elementos de prueba, pueden determinar la desnaturalización.
Recordemos que la intermediación laboral es válida únicamente para trabajos temporales, complementarios o especializados. La Ley N° 27626 establece las condiciones para su validez para proteger los derechos de los trabajadores. Si no se cumplen los requisitos legales, el trabajador será considerado trabajador directo de la empresa usuaria.
Descargar CASACIÓN LABORAL N.º 22363-2022 LAMBAYEQUE
https://drive.google.com/file/d/1BjEP_KbuqvsBHLzgCtb3Ei8fjmwTy60M/view?usp=drivesdk
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