domingo, 6 de abril de 2025

Renuncia con lntimisacion grave e inminente

 

La renuncia laboral puede ser anulada si se demuestra que fue presentada bajo intimidación grave e inminente.

Para que surta efecto la intimidación en el ámbito laboral debe mediar la intención de manipular intencionalmente la voluntad del trabajador creando en él sentimiento de miedo, incapacidad o temor, el mismo que deberá afectarlo de manera grave e inminente

Fuente :  Casación Laboral 14214-2022


La intimidación..

Para que haya intimidación debe existir la intención de manipular la voluntad del trabajador mediante el miedo o la amenaza de un daño futuro

Del caso :  Un trabajador de  empresa minera denunció haber sido obligado a firmar su renuncia bajo la amenaza de enfrentar un proceso por asistir ebrio al trabajo. 

En Poder Judicial..

Tanto el juzgado como la sala superior le dieron la razón y ordenaron su reposición.

Apelación     La empresa apeló ante la Suprema, alegando que no se había aplicado correctamente la ley sobre la extinción del contrato por renuncia voluntaria.

En Corte Suprema.   Al revisar el caso, la Suprema precisó que la intimidación laboral requiere 03 elementos: 1. Una amenaza real que cause miedo, 2. que el daño sea grave e inminente, y 3. que afecte a la persona o bienes del trabajador. 

Además, subrayó que no basta con un simple temor: el miedo debe ser racional y comprobable.

En su decisión, la Corte concluyó que no había pruebas suficientes de una amenaza grave e inminente por parte de la empresa minera. Por ello, declaró fundada la casación y dejó sin efecto la orden de reposición del trabajador.

Elementos de la intimidación: Conviene precisar también los elementos característicos de la intimidación, pudiendo señalar los siguientes:

a) La existencia de una amenaza que cause miedo o temor.

b) El mal en que consiste la amenaza debe ser inminente y grave

c) El mal puede recaer sobre la persona o bienes de la víctima o los parientes que la norma indica.



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