sábado, 17 de mayo de 2025

No renovación contrato trabajadora embarazada

 

¿Es discriminatoria la no renovación del contrato durante el embarazo?

Fuente : Resolución de Sala Plena No.012-2022-SUNAFIL/TFL

Precedentes Vinculantes: 6.1.15, 6.1.16, 6.1.17, 6.1.18, 6.1.19 y 6.1.20

Del caso :  Un empleador no renovó el contrato a una trabajadora gestante, señalando que debía cumplir un mandato judicial de reposición de una trabajadora a plazo indeterminado que puede realizar las funciones de la trabajadora gestante, añadió que, contratar a personal extra es un gasto presupuestal mayor.

Tribunal de Fiscalización Laboral  ( TFL ) El TFL señaló que la trabajadora comunicó sobre su estado de gestación cuando tenía 12 semanas de embarazo. 

Posteriormente, el empleador solicitó información sustentatoria del embarazo, la cual fue presentada. 

Por lo que, queda acreditado el pleno conocimiento del empleador. 

Un mes después, el empleador comunicó a la trabajadora que en 05 días vencía su contrato, cabe resaltar que el documento no contaba con justificación alguna.

Precedentes ..

6.1.15 y 6.1.20 Asimismo, enfatizó que la tutela reforzada en favor de las gestantes en el ámbito laboral, público o privado, exige estabilidad y seguridad laboral en dicho periodo y se extiende hasta culminar el periodo de lactancia.

6.1.16 Añadió que, el "fuero maternal" impide poner fin al contrato unilateralmente, salvo que se demuestre causa justa. Para que dicho fuero opere basta con demostrar el estado de gestación, por lo que no está condicionada a una comunicación previa.

6.1.17 En ese sentido, acreditado el embarazo, el despido, terminación o no renovación del contrato es injustificado.

6.1.18 Respecto al caso concreto, el mandato judicial alegado fue emitido antes de la contratación de la trabajadora gestante. 

Así también, el empleador rotó a una persona que realizaba funciones distintas a cubrir el puesto que dejó la gestante. Por lo que los alegatos del empleador carecen de evidencia.

6.1.19 Es así que, en caso de despido, terminación o no renovación del contrato debido a un embarazo, o actos de hostigamiento que busquen la renuncia de embarazada se presume que se trata de un despido por discriminación de sexo y condición de gestante.

Resumen ... El Tribunal determinó que, en este caso, el empleador no adoptó acciones necesarias para garantizar el derecho al trabajo de la gestante. 

Además, tampoco se demostró que la no renovación corresponda a su conducta o capacidad laboral, por lo que se entiende que su no  renovación se debió a su embarazo.


Descargar aqui Resolución de Sala Plena No.012-2022-SUNAFIL/TFL

https://drive.google.com/file/d/1deO0_vZZ_Aba7JZNOYBPtTYU7rdhTY01/view?usp=drivesdk


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