miércoles, 2 de julio de 2025

Reasignacion del puesto trabajo como acto de hostilidad

 


Fuente : CASACIÓN 3595-2022 DEL SANTA

La demandante sostuvo que, durante su embarazo y en el marco del trabajo remoto aplicado por la emergencia sanitaria del COVID-19, fue reasignada del puesto de asesora integral al de asesora de televentas.

Aunque su remuneración fija se mantuvo, alegó que la nueva función redujo sus ingresos variables por comisiones y afectó su proyección profesional, configurando —a su juicio— un acto de hostilidad vinculado a su condición de gestante.


En Poder  Judicial 

PRIMERA INSTANCIA: No existió despido arbitrario. El cambio de funciones no implicó menoscabo. 

Los puestos eran equivalentes en tareas, jerarquía y salario, y que no se acreditó intención de perjudicar a la trabajadora.

SEGUNDA INSTANCIA: Confirmó la validez del cambio funcional.

Respondía a razones organizativas propias del trabajo remoto por la pandemia. Ambos cargos tenían objetivos comerciales similares y dependían del mismo jefe directo, por lo que no hubo rebaja de categoría ni afectación de derechos.

Corte Suprema 

RATIFICÓ la sentencia de segunda instancia:   El cambio no implicó una afectación sustancial ni una degradación funcional.

Ambos cargos compartían características esenciales, como el enfoque comercial, el nivel jerárquico y la dependencia funcional, lo que impedía considerar que existiera una rebaja de categoría o un trato desfavorable por razón de gestación.

No se acreditó ningún perjuicio económico real ni un propósito de castigo o represalia por parte del empleador

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