Empresas vinculadas o integrantes de un grupo empresarial deben pagar utilidades en conjunto
Fuente : Cas. Lab. 7797-2018, Lima
Mediante sentencia de Casación Laboral 7797-2018, Lima, se aclaró que los grupos empresariales deben pagar las utilidades de acuerdo a la responsabilidad solidaria entre las empresas.
En Poder Judicial.. La Corte Suprema reiteró que participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa es un derecho recogido en el artículo 29 de la Constitución Política del Perú.
Vinculados... Asimismo, respecto a la vinculación de empresas, aclaró que existe solidaridad en las obligaciones laborales no solamente cuando se configuran los supuestos previstos en el artículo 1183° del Código Civil sino, además, en los casos en los que exista vinculación económica, grupo de empresas.
Así, señaló que de los medios probatorios se determinó la existencia de un grupo empresarial entre las codemandadas, por lo que se debe aplicar la responsabilidad solidaria entre las empresas
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