¿Si un trabajador ya ha sido resarcido con el pago de la indemnización por despido arbitrario puede reclamar el pago de sumas adicionales por daños y perjuicios conforme al Código Civil?
En sentencia la Corte Suprema nos dice que no.
¿ Por qué? No es posible aplicar en primer lugar la regla especial frente a la resolución unilateral del contrato de trabajo (despido).
Es decir la legislación laboral y posteriormente frente al mismo supuesto de hecho recurrir a la norma general prevista en el Código Civil.
Fuente :
CASACIÓN N° 47531-2022
LIMA
https://drive.google.com/file/d/1psGegtMZHBOhMaQ51KALlbVd-Ilwu-Lc/view?usp=drivesdk
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